| Condominio: El formulario debe ser
    completado por el administrador, siempre que su nombramiento esté vigente,
    indicando el número de finca matriz y la provincia. Si no es así, un
    condómino puede solicitarlo, indicando también el número de la finca filial
    de la que es dueño.   Comités Cantonales: Además
    del formulario, deben presentar una certificación emitida por la
    municipalidad respectiva que acredite su adscripción y personería.   Entidades Creadas por Ley: El
    formulario debe estar completo y citar el número de la ley que creó la
    entidad.   Federaciones y Confederaciones Municipales: Junto
    con el formulario, deben adjuntar una certificación de personería que
    incluya la fecha de publicación en la gaceta del extracto de los estatutos
    y el nombramiento de sus representantes, o una copia de dicha publicación.   Fideicomiso: El formulario debe ser
    completado por el fiduciario y cumplir con los requisitos indicados en la Directriz
    DPJ-001-2021.   Fondos Complementarios de Pensiones: El
    formulario debe ser completado por el representante legal de la entidad
    administradora del fondo, aportando una copia certificada de la resolución
    emitida por la Superintendencia General de Pensiones, que autoriza la
    inscripción del fondo. Si la entidad administradora no está inscrita en el
    Registro Nacional, debe adjuntar una certificación de personería vigente,
    con no más de dos meses de expedida. Si la personería puede consultarse en
    las bases de datos digitalizadas del Registro, el funcionario realizará la
    consulta y no será necesario aportar la certificación.   Fondo de Inversión Inmobiliario: El
    formulario debe ser completado por el representante legal de la entidad
    administradora del fondo, aportando una copia certificada de la resolución
    emitida por la Superintendencia General de Valores, que autoriza la
    inscripción del fondo. Si la entidad administradora no está inscrita en el
    Registro Nacional, debe adjuntar una certificación de personería vigente,
    con no más de dos meses de expedida. Si la personería puede consultarse en
    las bases de datos digitalizadas del Registro, el funcionario realizará la
    consulta y no será necesario aportar la certificación.   Juntas de Educación o Administrativas: El
    formulario debe ser firmado por el representante legal. El formulario de
    asignación de cédula debe estar avalado por el director regional, quien
    firmará el documento en lugar de la autenticación notarial. Adjuntar una
    certificación de la inscripción y personería vigente de la entidad, o una
    copia certificada de la misma, que indique nombre, apellidos, número de
    identificación y facultades del representante legal, nombre completo de la
    entidad y período de vigencia del nombramiento; extendida por la oficina
    donde consten sus registros o por un notario público, con no más de dos
    meses de expedida.   Ministerio, Embajada, Consulado, entre otros: El
    formulario debe ser completado por el máximo jerarca de la entidad, previa
    acreditación de su representación mediante certificación.   Partido Político: El
    formulario debe ser completado por el representante legal del partido,
    previa acreditación mediante certificación de su representación e
    inscripción en el Tribunal Supremo de Elecciones.   |